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Análisis Comparativo de las Normativas de Diseño Sísmico para Edificaciones de Nicaragua y Costa Rica

机译:尼加拉瓜和哥斯达黎加建筑物抗震设计规定的比较分析

摘要

América Central es un territorio relativamente pequeño, conformado por 7 países cuya extensión total cubre un área de 498,533 km2. Por su tamaño, todo este territorio podría contar con una única normativa de diseño sísmico, que representara el esfuerzo individual que hoy se realiza en cada país, trabajando de manera conjunta.udUn ejemplo de esfuerzo conjunto fue llevado a cabo entre los años 2007 y 2009 en donde expertos de la región trabajaron unidos bajo la dirección de la Profesora Belén Benito para la realización del Proyecto de Amenaza Sísmica de América Central (RESIS II), cuyos valiosos resultados han sido tomados como referencia para la realización de este trabajo.udLa amenaza presente en América Central es proporcionada para todos los países por fuentes sismogenéticas comunes, siendo las principales: La subducción de la Placa Tectónica de Coco por debajo de la Placa Tectónica Caribe, la Cadena Volcánica, así como por formaciones geológicas y fallamientos superficiales localizados de manera distribuida en cada territorio de la región.udA pesar de su tamaño y la similitud sobre fuentes sismogenéticas, dentro de América Central existen diferencias en las normativas de diseño sísmico entre sus países, que resultan en divergencias significativas en las demandas de diseño de obras de infraestructura de un país a otro.udNicaragua y Costa Rica, ambos países de América Central, han sido históricamente afectados por terremotos muy destructivos que han ocasionado, en ambos países, grandes pérdidas humanas y económicas. Uno de los eventos sísmicos más marcados de la historia de Nicaragua fue el terremoto ocurrido en su capital Managua, la noche del 23 de diciembre del año 1972, borrando casi en toda su totalidad a la ciudad. En Costa Rica se destaca la ocurrencia del terremoto de Limón (zona caribeña de Costa Rica) en el año 1991 en donde la pérdida de obras de infraestructura generó un gran impacto en la economía del país.udEn este trabajo se realiza una comparación entre las normativas vigentes en Nicaragua y Costa Rica, ante los aspectos más influyentes en el cálculo de la demanda sísmica sobre las edificaciones, tales como: cargas inercialmente participativas, clasificación estructural según la importancia y ductilidad, clasificación de suelos y amenaza sísmica propiemaente dicha, con la respectiva elaboración de espectros de diseño sísmico.udEn el territorio nicaragüense, para un periodo de retorno de 500 años se identifican valores máximos de PGA en torno a 0.56 g, mientras en el territorio costarricense los valores más altos de PGA son levemente superiores a tal aceleración.udA lo largo de su historia, Nicaragua ha contado con tres normativas sísmicas de diseño para edificaciones. La primera de ellas data del año 1973, la segunda de 1983 y la que actualmente está vigente fue elaborada en el año 2007. Transcurrieron 24 años desde la entrada en vigencia del pasado reglamento (RNC-83) para la elaboración y publicación del actual Reglamento Nacional de la Construcción RNC-07. Esta última normativa establece los requerimientos aplicables al diseño y construcción de nuevas edificaciones, así como la reparación y refuerzo de obras existentes, todo ello con los siguientes objetivos:ud- Evitar la pérdida de vidas y disminuir la posibilidad de daños físicos a personas.ud- Resistir seismos menores sin daños.ud- Resistir seismos moderados con daños estructurales leves y daños no estructuralesudmoderados.ud- Evitar el colapso por efectos de seismos de gran intensidad, disminuyendo los daños a niveles económicamente admisibles.ud- Resistir efectos de vientos y otras acciones accidentales sin daños.udEn el territorio Nicaraguense se establecen, tres zonas con niveles de amenaza crecientes, para un periodo de retorno de 500 años. La zona A, situada hacia el caribe y parte norte del país, se caracteriza por tener un nivel de sismicidad relativamente bajo, con aceleración máxima del terreno (a0) igual a 0.1 g. La zona B se localiza en la zona central de Nicaragua y se caracteriza por presentar un nivel medio de sismicidad, en donde la aceleración máxima del terreno (a0) propuesta es igual a 0.2 g. Finalmente, la zona C, de alta sismicidad, situada en la costa pacífica del país, es influenciada por la actividad sísmica de subducción entre las placas tectónicas y la generada por el cordón volcánico presente en Nicaragua. Para esta última zona sísmica el RNC-07 propone una aceleración máxima de terreno (a0) igual a 0.3 g.udPara considerar los efectos de amplificación sísmica debido a las condiciones locales el RNC-07 clasifica los suelos en cuatro tipos según la velocidad de onda de corte (Vs) que presenten.udConsiderando que en Nicaragua se establecen tres zonas sísmicas y tres categorías de suelos, así como cinco tipologías estructurales y cuatro factores modificadores por irregularidad; al combinar cada una de estas situaciones es posible generar 180 espectros de diseño con la misma forma espectral, de los cuales únicamente varían las amplitudes u ordenadas espectrales.udPor su parte, Costa Rica a lo largo de su historia ha contado con cuatro normativas sísmicas de diseño para edificaciones. La primera de ellas fue elaborada en el año 1974, la segunda en 1986, la tercera en 2002 y finalmente la actualmente vigente fue elaborada en el año 2010.ud Cada una de las disposiciones contenidas en el Código Sísmico de Costa Rica 2010 es un requisito mínimo para lograr un adecuado desempeño ante los efectos sísmicos sobre las estructuras, en busca de los siguientes objetivos:ud- Proteger la vida humana y la integridad física de las personas.ud- Reducir los daños materiales y las pérdidas económicas ocasionadas por losudseismos.ud- Minimizar el impacto social y económico ante terremotos.udLos espectros de diseño sísmicos establecidos por el CSCR-10 dependen de la ubicación de la edificación dentro del mapa de zonificación sísmica de Costa Rica y del tipo de suelo donde se cimente la obra. La zonificación sísmica de Costa Rica propuesta está conformada por tres zonas sísmicas llamadas zonas II, III y IV, de orden creciente de amenaza, donde se establecen valores de aceleración pico efectiva (aef) en función de la zona y tipo de suelo donde se cimenta la edificación.udEl CSCR-10 establece factores espectrales dinámicos que son definidos para cada zona sísmica en los diferentes sitios de cimentación y para las distintas ductilidades globales. Por lo que, al establecerse en el CSCR-10 tres zonas sísmicas, cuatro tipos de suelos y cinco tipologías estructurales, resultan 72 combinaciones o posibles espectros para la determinación del factor espectral dinámico.udPara determinar las variaciones (definidas en porcentaje) de los requerimientos plasmados en ambas normativas de diseño sísmico, ha sido necesario tomar una de ellas como base.udAmbas normativas sísmicas de diseño exponen una filosofía y objetivos similares, principalmente orientados a la protección de la vida humana y reducción de daños materiales mediante un mejor desempeño estructural.udConsiderando que todos los requerimientos mínimos plasmados en ambas normativas conducen el cálculo estructural de una edificación al cumplimiento de objetivos, y al ser éstos muy similares entre sí, se facilita la comparación entre ambas regulaciones.udEsta comparación y la determinación de la magnitud de las variaciones se realiza sobre los siguientes aspectos:ud- Sobrecargas de uso y participativasud- Combinaciones de accionesud- Clasificación estructural y factores influyentes en el cálculo de la acción sísmicaud- Espectros de diseñoud- Métodos de análisisud- Límites de desplazamientoudDel análisis de las comparaciones realizadas, se ha identificado que en las edificaciones de alta y mediana ocupación (tales como casas, apartamentos, hoteles, escuelas, universidades, hospitales, centros de salud, salas de archivo y lugares de espectáculo), las sobrecargas de uso mínimas establecidas por ambas normativas tienen valores idénticos. Sin embargo, las sobrecargas de uso participativas que actúan durante la acción sísmica, presentan valores extremadamente diferentes entre sí, encontrándose variaciones en la mayoría de los casos, superiores a 150% e incluso algunas veces mayores a 400%.udSe han determiando grupos de combinaciones de acciones equivalentes, donde no existen diferencias entre ambas normativas de diseño. Sin embargo en otros se encuentran grandes discrepancias, del orden de -100% y 60%. Las mayores diferencias en estos últimos grupos radican principalmente en las acciones representadas por empujes laterales, las cuales no siempre son frecuentes en el diseño de edificaciones o bien no todos los elementos se ven afectados por tales acciones, mientras que para las acciones gravitacionales y sísmicas, que siempre están presentes, las diferencias son muy bajas.udTal como se indicó, el CSCR-10 establece para edificaciones de uso normal o especial un seismo fuerte con un periodo de retorno de 475 años, mientras que el RNC-07 define para estructuras de esta misma categoría un periodo de retorno de 500 años. Un periodo de retorno de 500 años, representa una sacudida sísmica ligeramente mayor que la correspondiente a un periodo retorno de 475 años. Conforme a las estimaciones realizadas, considerando el factor de importancia y la aceleración pico del suelo, se determina que la diferencia de considerar periodos de retorno de 475 años (punto de partida del CSCR-10) y 500 años (punto de partida del RNC-07) podría causar variaciones en la acción sísmica no mayores al 1.85%.udLa comparación entre estas dos normativas de diseño sísmico, en cuanto a las consideraciones de ductilidad e irregularidad, se realizó mediante la comparación de los correspondientes espectros de diseño. Se presenta en este proyecto una comparación a nivel de espectros elásticos (con factores modificadores de ductilidad e irregularidad iguales a uno), que son base para cualquier combinación posible.udEn Nicaragua, el Reglamento Nacional de la Construcción 2007 establece por separado los requerimientos de localización y tipo de suelo para la determinación de la amenaza sísmica, mientras que en Costa Rica, el Código Sísmico, toma ambos elementos de forma conjunta en un único parámetro. Por ello su comparación deberá realizarse considerando en ambas normativas el aporte conjunto de la localización y el tipo de suelo.udAl comparar los mapas de amenaza sísmica de Nicaragua y Costa Rica, presentados en el Reglamento Nacional de la Construcción de Nicaragua y en el Código Sísmico de Costa Rica, resultan evidentes grandes discontinuidades en las zonificaciones sísmicas de ambos países, no existiendo una transición gradual a lo largo de la línea fronteriza y en las áreas aledañas.udHa sido necesario seleccionar las zonas sísmicas de Nicaragua y Costa Rica que presenten la mejor correspondencia, para proceder con ello a la realización de una comparación entre estas reglamentaciones en aspectos de localización y tipo de suelo. Esta selección de las zonas sísmicas con mejor correspondencia se ha realizado bajo el seguimiento de los siguientes aspectos:ud- Apreciación visual a nivel regional y a nivel de detalle de cada país de los resultados del estudio de Amenaza Sísmica en America Central (Benito et al , 2010)ud- Resultados de aceleración pico en roca obtenidos en el citado estudio en las capitales de ambos países: Managua y San José .ud- Valores de isoaceleraciones en roca obtenidas de cada país, usadas como información base para la definición de la zonificación sísmica planteada dentro de estas normativas de diseño.udCabe mencionar y destacar que las aceleraciones pico en roca para un periodo de retorno de 500 años presentadas por el estudio de la amenaza sísmica de América Central son 507 gal (0.516 g) para Managua y 513 gal (0.523 g) para San José, mientras que las obtenidas por medio de las isoaceleraciones en roca, presentadas como referencia para estas normativas, son 0.310 g y 0.375 g para Managua y San José respectivamente. Es notable una gran diferencia entre las aceleraciones pico en roca plasmadas por el estudio de la amenaza sísmica de América Central y las tomadas como base en estas dos normativas de diseño, presentado variaciones entre el 30% y 40%. Esto sugiere que es necesario realizar una cuidadosa revisión de las aceleraciones pico a considerar para la siguiente actualización de estas reglamentaciones.udDe los resultados comparativos obtenidos, se aprecia que para los grupos de zonas sísmicas correspondientes y para los tipos de suelo Tipo 1 (RNC-07) y S1 (CSCR-10), no existen diferencias entre ambas normativas de diseño. Sin embargo, en todos los demás tipos de suelos, si existen grandes discrepancias que van desde 36.4% hasta el 66.7%, siendo mayores las aceleraciones dadas por la normativa nicaragüense. Estas grandes variaciones se deben a que el Reglamento Nacional de la Construcción de Nicaragua expone valores de modificación para los suelos Tipo II y Tipo III muy superiores a los previstos implícitamente en el Código Sísmico de Costa Rica.udPor otra parte, se ha realizado una comparación de los espectros elásticos de ambas normativas, resultando grandes diferencias, siendo notablemente mayores los de la normativa nicaragüense. Estas variaciones oscilan, en promedio, entre un 22% y 98% en edificaciones con periodos de vibración entre 0 y 2 segundos, las cuales son las más comunes en ambos países. Las diferencias se acortan para edificaciones más flexibles, con periodos de vibración mayores a 2 segundos, en donde las variaciones promedio se encuentran entre 10 y 35%.udCon el propósito de lograr una comparación más detallada entre ambas normativas de diseño sísmico, se han elegido dos pares de sitios en donde se asume que se construirá una edificación típica con características idénticas en ambos países. Los sitios escogidos han sido los siguientes:ud- Sitios 1 y 2: Ubicados en San Carlos de Nicaragua (Sitio 1) y Río Frio de los Chiles de Costa Rica (Sitio 2). Estos sitios se caracterizan por estar situados en la Zonas B según el Reglamento Nacional de la Construcción (RNC-07) y la Zona II según el Código Sísmico de Costa Rica (CSCR-10) respectivamente.ud- Sitios 3 y 4: Ubicados en Peñas Blancas de Nicaragua (Sitio 3) y Peñas Blancas de Costa Rica (Sitio 4). Estos sitios se caracterizan por estar situados en la Zona C asignada por el Reglamento Nacional de la Construcción (RNC-07) y la Zona III asignada por el Código Sísmico de Costa Rica (CSCR-10), respectivamente.udEstos pares de sitios seleccionados son de vital importancia para ambos países, ya que en éllos se ubican los dos únicos puestos fronterizos oficiales de tránsito de personas y de mercancías de comercialización. Ambos pares no sólo permiten el paso entre estos dos países, sino también entre toda la región de América Central.udEn cada sitio seleccionado se han hecho consideraciones de dos tipos de suelos soportantes diferentes, que corresponden a las clases II y III según el Reglamento Nacional de la Construcción (RNC-07) y sus equivalentes S2 y S3 según el Código Sísmico de Costa Rica (CSCR-10).udEl edificio cuya construcción se contempla tiene una estructura típica de 4 niveles de altura, conformado estructuralmente por pórticos de hormigón armado con cerramientos y divisiones internas de material liviano que no aportan resistencia lateral a la edificación. Para la determinación de las sobrecargas de uso y del nivel de importancia de la edificación se considera que esta estructura será utilizada como hotel, lo que significa una estructura de uso normal.udPara fines de esta comparación, los parámetros evaluados y confrontados en cada sitio son las reacciones principales (acciones internas) sobre una serie de elementos estructurales seleccionados, donde estas reacciones resultan de la aplicación sobre toda la edificación de todas las acciones externas (acción permanente, sobrecargas de uso y la acción sísmica) y de su análisis dinámico en un modelo teórico estructural.udDe los resultados se observan variaciones en los valores promedio de diferentes parámetros, siendo siempre superiores los de las edificaciones calculadas con la normativa nicaraguense. Estas variaciones promedio son:ud 16% en la reacción axial en los pilaresud entre 35% y 45% en el cortante en los pilaresud entre 26% y 41% en el momento flector en los pilares.ud entre 10% y 15 % en el cortante en las vigasud 16% en el momento flector en las vigas.udEs de destacar que las variaciones en las reacciones de cortante y momento flector en todos los pilares son muy superiores a las variaciones de estas mismas reacciones en los elementos tipo viga, debido a una mayor influencia de la acción sísmica sobre los pilares.udDe manera general, se ha determinado que entre estos dos países vecinos, que presentan niveles de amenaza muy similares debido a fuentes sismogenéticas comunes o de características similares, existen variaciones significativas en sus normativas de diseño sísmico, lo que justifica la necesidad de trabajar en un código sísmico regional que dé solución a todas las discrepancias presentes entre las normativas existentes en los países de Centroamérica.
机译:中美洲是一个相对较小的领土,由7个国家组成,其总面积为498,533平方公里。鉴于其规模,整个领土可能只有一条抗震设计法规,这代表了当今每个国家正在共同努力的个人努力。 Ud在2007年至2007年之间进行了共同努力的一个例子2009年,来自该地区的专家在BelénBenito教授的指导下进行了合作,以实现中美洲地震威胁项目(RESIS II),其宝贵成果已作为实现此项工作的参考。中美洲当前的威胁是通过共同的地震成因资料提供给所有国家的,其主要来源是:加勒比构造板块以下可可构造板块的俯冲,火山岩链,以及墨西哥的地质构造和局部地表断层。 ud尽管其规模很大,并且在震源上也很相似,中美洲内部国家之间在抗震设计法规方面存在差异,导致对基础设施工程设计的需求在一个国家与另一个国家之间存在巨大差异。 n中美洲两个国家尼加拉瓜和哥斯达黎加历史上受到破坏性地震的影响,在两国造成了巨大的人员和经济损失。尼加拉瓜历史上最显着的地震事件之一是1972年12月23日晚上在其首都马那瓜发生的地震,几乎完全摧毁了这座城市。在哥斯达黎加,1991年的利蒙地震(哥斯达黎加的加勒比地区)的发生是突出的,那里的基础设施工程损失对该国的经济产生了重大影响。尼加拉瓜和哥斯达黎加的现行法规,在计算建筑物对地震的需求时最具影响力的方面之前,例如:惯性参与载荷,根据重要性和延性进行的结构分类,土壤的分类以及上述地震危害,以及 n在尼加拉瓜地区,在500年的回归期中,确定的最大PGA值约为0.56 g,而在哥斯达黎加地区,最高PGA值略高于该值在整个历史过程中,尼加拉瓜制定了三项建筑物抗震设计规定。第一个法规于1973年制定,第二个法规于1983年制定,目前有效的法规于2007年制定。最后一部法规(RNC-83)的生效已经有24年的时间来准备和发布本法规。国家建设RNC-07。最后一条法规规定了适用于新建筑物的设计和建造以及现有工程的维修和加固的要求,所有这些要求均具有以下目标: ud-避免丧生,并减少对人身伤害的可能性。 ud-抵抗小地震而不受破坏。 ud-抵抗中度地震,具有轻微的结构性破坏和非结构性破坏 ud温和。 ud-避免因高强度地震的影响而倒塌,将破坏程度降低到经济上可接受的水平。 -在不受损害的情况下抵抗风和其他意外行为的影响 U在尼加拉瓜领土上,建立了三个威胁等级不断提高的区域,恢复期为500年。 A区位于加勒比海和该国北部,其特点是地震活动度较低,最大地面加速度(a0)等于0.1 g。 B区位于尼加拉瓜的中部地区,其特征是呈现出平均地震活动度,其中建议的地形最大加速度(a0)等于0.2 g。最后,位于该国太平洋海岸的地震活动性较高的C区受到构造板块之间的俯冲地震活动以及尼加拉瓜境内火山线产生的俯冲地震活动的影响。对于最后一个地震带,RNC-07提出最大地面加速度(a0)等于0.3 g。Ud为了考虑局部条件引起的地震放大效应,RNC-07根据土壤的速度将土壤分为四种类型。考虑到在尼加拉瓜建立了三个地震带和三类土壤,以及五个结构类型和四个因不规则而改变的因素;通过组合每种情况,可以生成具有相同光谱形状的180个设计光谱对于哥斯达黎加,在其整个历史上都有四项针对建筑物的抗震设计规定。其中的第一条于1974年制定,第二条于1986年制定,第三条于2002年制定,最后现行的一条于2010年制定。 u 2010年哥斯达黎加地震法典中的每一项规定都是面对以下结构目标的最低要求:在面对地震对结构的影响时,要获得足够的性能: ud-保护人类生命和人身安全 ud-减少由材料造成的物质损失和经济损失 udseismos。 ud-最大限度地减少地震的社会和经济影响。 udCSCR-10建立的地震设计图谱取决于建筑物在哥斯达黎加地震分区图中的位置以及土壤的类型工作成立。哥斯达黎加的拟议地震区划由三个威胁区组成,分别是威胁程度递增的II,III和IV区,其中有效峰值加速度(aef)值取决于所建立的区域和土壤类型而确定。 CSR-10建立动态频谱因子,该频谱因子是针对不同基础站点的每个地震带以及不同的全球延展性定义的。因此,当在CSCR-10中建立了三个地震带,四种土壤类型和五种结构类型时,将获得72种组合或可能的光谱来确定动态光谱因子。在这两个抗震设计规范中体现的要求,有必要将其中一个作为基础。 ud这两个抗震设计规范都提出了相似的理念和目标,主要旨在保护人类生命并通过更好的性能来减少材料损失考虑到两个法规中包含的所有最低要求都会导致建筑物的结构计算达到目标,并且由于它们彼此非常相似,因此便于两个法规之间的比较。变化的大小在以下几个方面进行: ud-过载用途和参与性 ud-作用组合 ud-地震作用计算中的结构分类和影响因素 ud-设计频谱 ud-分析方法 ud-位移极限 ud通过比较分析已确定,在高中型居住建筑物(如房屋,公寓,酒店,学校,大学,医院,卫生中心,档案室和娱乐场所)中,这两个法规都规定了最低使用附加费它们具有相同的值。但是,在地震作用期间作用的参与性过载呈现彼此截然不同的值,在大多数情况下都发现变化,大于150%,有时甚至大于400%。两种设计规则之间没有区别的等效动作的组合。但是,在其他情况下,差异很大,大约为-100%和60%。最后一组的最大差异主要在于侧向推力所代表的作用,这种作用在建筑物设计中并不总是很常见,或者并非所有元素都受到这种作用的影响,而对于重力和地震作用, ud如所示,CSCR-10为强力或正常使用的建筑物确定了强震,返回期为475年,而RNC-07定义了结构相同类别的产品的回收期为500年。 500年的恢复期代表的地震冲击略大于475年的恢复期。根据所做的估算,考虑到重要因素和土壤的峰值加速度,可以确定考虑到475年(CSCR-10的起点)和500年(RNC-起点)之间的差异。 07)可能导致地震作用的变化不超过1.85%。 Ud通过比较相应的设计谱,就延性和不规则性考虑,对这两个地震设计规范进行了比较。该项目在弹性光谱水平上进行了比较(延性和不规则性的修正因子等于1)在尼加拉瓜,《 2007年国家建筑法规》单独确定了确定地震危险性的土壤位置和类型要求,而在哥斯达黎加,《地震法》则采用了两个元素都放在一个参数中。因此,在两个法规中都应考虑土壤位置和类型的共同影响进行比较。 Ud在比较《尼加拉瓜国家建设法规》和《规范》中提出的尼加拉瓜和哥斯达黎加的地震灾害图时哥斯达黎加的地震,在两国的地震区划中都出现了较大的不连续性,沿边界线和周边地区没有逐渐过渡。最好的对应关系,以便在土壤的位置和类型方面对这些规定进行比较。在以下几个方面对具有最佳对应性的地震带进行了选择:-在区域级别和每个国家/地区详细了解中美洲地震威胁研究的结果(Benito等人) ,2010) ud-上述研究在两个国家首都马那瓜和圣何塞的岩石中获得的峰值加速度结果。从每个国家获得的岩石中的Ud等速值,用作定义的基本信息应该提到并强调指出,中美洲地震危险性研究显示,在500年的回归期内,岩石的峰值加速度为507加仑(0.516克)。和圣何塞的513加仑(0.523克),而通过岩石等速加速度获得的那些(作为这些法规的参考)则为Manag的0.310克和0.375克ua和SanJosé。通过对中美洲地震灾害的研究获得的岩石峰值加速度与作为这两个设计法规基础的峰值加速度之间存在显着差异,差异在30%至40%之间。这表明下一步要更新这些规定需要仔细考虑要考虑的峰值加速度。 Ud从获得的比较结果可以看出,对于相应的地震带组和1型土壤类型(RNC) -07)和S1(CSCR-10),这两个设计规范之间没有区别。但是,在所有其他类型的土壤中,差异很大,范围从36.4%到66.7%,尼加拉瓜法规规定的加速度更大。这些较大的差异是由于《尼加拉瓜国家建设条例》规定的II型和III型土壤的改良值远高于《哥斯达黎加地震法》中隐含的修正值。两种规定的弹性光谱比较,结果差异很大,尼加拉瓜规定的弹性光谱明显更大。在振动时间介于0到2秒之间的建筑物中,这些变化平均范围在22%到98%之间,这在两个国家中都是最常见的。对于振动时间大于2秒的柔性建筑,其差异会缩短,平均变化在10%至35%之间。 Ud为了在两个抗震设计规范之间实现更详细的比较,选择两个地点,假设两个国家都将建造具有相同特征的典型建筑物。选择的站点如下:站点1和2:位于圣卡洛斯·尼加拉瓜(站点1)和里约热内卢·洛斯·智利智利·哥斯达黎加(站点2)。这些站点的特点分别是根据国家建设法规(RNC-07)位于B区和根据哥斯达黎加地震法典(CSCR-10)位于II区。 Ud- 3号和4号站点:位于位于尼加拉瓜的PeñasBlancas(站点3)和哥斯达黎加的PeñasBlancas(站点4)。这些站点的特征分别位于国家建设法规(RNC-07)分配的C区和哥斯达黎加地震法规(CSCR-10)分配的III区。它们对两国都至关重要,因为它们是用于人员和商品商业化的仅有的两个官方边境口岸。这两对不仅允许这两个国家之间通过 ud在每个选定的地点都制作了两种不同类型的支撑土,对应于根据《国家建筑规范》(RNC-07)进行的II级和III级及其 ud根据哥斯达黎加地震法典(CSCR-10)等效为S2和S3。 ud本构想中的建筑物的典型结构为4层高,结构上是由钢筋混凝土门廊构成,带有封闭的内部轻质材料,它们不会为建筑物提供横向阻力。为了确定建筑物的超负荷使用和重要程度,我们认为该结构将用作旅馆,这意味着正常使用的结构。 Ud为了进行比较,对每个站点的参数进行了评估和比较是对一系列选定结构元素的主要反应(内部作用),其中这些反应是由于在所有外部作用(永久作用,使用和地震作用的超负荷)的所有建筑物上的应用以及它们的动态分析而产生的。理论结构模型 ud结果表明,不同参数的平均值存在差异,始终高于尼加拉瓜法规计算的建筑物的平均值。这些平均变化为:立柱轴向反应的16%立柱剪切力的35%至45%立柱弯曲力矩的26%至41%。您在梁的剪力中占10%到15%之间,在梁的弯矩中占16%之间。值得注意的是,所有列中的剪力和弯矩反应的变化远大于由于地震作用对立柱的影响更大,因此梁型单元中这些相同反应的变化。 ud通常,已经确定这两个邻国之间由于来源而呈现出非常相似的威胁水平普通的地震成因法或具有类似特征的地震成因法,其抗震设计法规存在很大差异,因此有必要制定一项区域性地震法规,以解决中美洲国家现行法规之间的所有差异。

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